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ASOCIACIÓN DE USUARIOS DEL HOSPITAL LOCAL JOSÉ RUFINO VIVAS ESE – DAGUA (VALLE)

CARACTERIZACIÓN DE LA ASOCIACIÓN DE USUARIOS DEL HOSPITAL LOCAL JOSÉ RUFINO VIVAS EMPRESA SOCIAL DEL ESTADO DEL MUNICIPIO DE DAGUA - VALLE

De acuerdo con la normatividad vigente el Decreto 780 de 2016 en su artículo 2.10.1.1.10 define las Asociaciones de Usuarios como: una agrupación de afiliados del régimen contributivo y subsidiado, del Sistema General de Seguridad Social en Salud que tienen derecho a utilizar unos servicios de salud, de acuerdo con su sistema de afiliación, que velarán por la calidad del servicio y la defensa del usuario.

Todas las personas afiliadas al Sistema General de Seguridad Social en Salud podrán participar en las instituciones del Sistema formando Asociaciones o alianzas de Usuarios que los representarán ante las instituciones prestadoras de servicios de salud y ante las Empresas Promotoras de Salud, del orden público, mixto y privado.

Las instituciones prestadoras de servicios de salud sean públicas, privadas o mixtas: deberán convocar a todos sus afiliados del régimen contributivo, subsidiado y régimen de excepción, para la constitución de Alianzas o Asociaciones de Usuarios.

Las Empresas Sociales del Estado, convocarán a todos los pacientes usuarios que hayan hecho uso del servicio durante el último año, para la constitución de la Asociación de Usuarios.

CONSTITUCIÓN

Las Asociaciones de Usuarios se constituyen con un número plural de usuarios, de los convocados a la Asamblea de Constitución por la respectiva institución y pueden obtener su reconocimiento como tales por la autoridad competente, de acuerdo con las normas legales vigentes. La Alianzas garantizan el ingreso permanente de los diferentes usuarios. El Decreto 1757 de 1994 en su artículo 14 describe las principales funciones de la Asociaciones o Alianzas de Usuarios de la salud son estas:

·       Asesorar a sus asociados en la libre elección de la Entidad Promotora de Salud, las instituciones prestadoras de servicios y/o los profesionales adscritos o con vinculación laboral a la entidad promotora de salud, dentro de las opciones por ella ofrecidas.

·       Asesorar a sus asociados en la identificación Y acceso al portafolio de servicios prestados por el Hospital.

·       Participar en las Juntas Directivas de las Empresas Promotoras de Salud e Instituciones Prestatarias de Servicios de Salud, sean públicas o mixtas, para proponer y concertar las medidas necesarias para mantener y mejorar la calidad de los servicios y la atención al usuario. En el caso de las privadas, se podrá participar, conforme a lo que dispongan las disposiciones legales sobre la materia.

·       Mantener canales de comunicación con los afiliados que permitan conocer sus inquietudes y demandas para hacer propuestas ante la Juntas Directiva de la Institución Prestataria de Servicios de Salud y la Empresa Promotora de Salud.

·       Vigilar que las decisiones que se tomen en las Juntas Directivas se apliquen según lo acordado.

·       Informar a las instancias que correspondan y a las instituciones prestatarias y empresas promotoras, si la calidad del servicio prestado no satisface la necesidad de sus afiliados.

·       Proponer a las Juntas Directivas de los organismos o entidades de salud, los días y horarios de atención al público de acuerdo con las necesidades de la comunidad, según las normas de administración de personal del respectivo organismo.

·       Vigilar que las tarifas y cuotas de recuperación correspondan a las condiciones socioeconómicas de los distintos grupos de la comunidad y que se apliquen de acuerdo con lo que para tal efecto se establezca.

·       Atender las quejas que los usuarios presenten sobre las deficiencias de los servicios y vigilar que se sobre tomen los correctivos del caso.

·       Proponer las medidas que mejoren la oportunidad y la calidad técnica y humana de los servicios de salud y preserven su menor costo y vigilar su cumplimiento.

·       Ejercer veedurías en las instituciones del sector, mediante representantes ante las empresas promotoras y/o ante oficinas de atención a la comunidad

·       Elegir democráticamente sus representantes ante la Junta Directiva de las Empresas Promotoras y las Instituciones Prestatarias de Servicios de carácter hospitalario que correspondan, por y entre sus asociados, para periodos máximos de dos (2) años.

·       Elegir democráticamente sus representantes ante los Comités de Ética Hospitalaria Y los Comités de Participación Comunitaria por períodos máximos de dos (2) años.

DIRECCIÓN, LUGAR Y HORARIO DE REUNIONES DE LA ASOCIACIÓN:

16 de marzo, Acta de Asamblea para conformación de la asociación, Hospital Local José Rufino Vivas ESE – Dagua (Valle). Hora: 9 am

PROCESO DE AFILIACIÓN.

Acercase a las oficinas del Servicio de Atención y Atención al Usuario (SIAU) y solicitar el formulario de afiliación.

Debe cumplir con los siguientes requisitos: 

1.    Ser usuario del Hospital Local José Rufino Vivas ESE – Dagua (Valle)

2.    Haber utilizado los servicios del Hospital el último año.

3.    Estar inscrito en el libro de la liga de usuarios.

Nombre de contacto: Ingrid Vasquez Amaya, Aux SIAU.

Dirección: Calle 10 # 21-48 Dagua, Colombia

Correo: siaujoserufinovivas@gmail.com

Teléfono: ‎+57 320 7459367

CONFORMACIÓN DE LA MESA DIRECTIVA

Como resultado de la votación la asociación de usuarios del hospital Jose Rufino Vivas el día 16 de marzo de 2023, quedó de la siguiente manera:  

Presidente: Sr Cicerón Rico

Secretario: Sra. Deyanira Gutiérrez

Tesorero: Sr. Marcos Camacho

Fiscal: Sra. Lola Chávez 




Ver PDF- Acta Liga de Usuario